Ley 19.968 · Chile

Mediación familiar:
cuándo es obligatoria y cómo funciona

Acompañamos el proceso de mediación previa obligatoria en materias de alimentos, cese, aumento, cuidado personal y relación directa.

¿Qué es?

La mediación familiar en Chile

¿Qué es la mediación familiar? La mediación familiar es un proceso en el que un mediador neutral e imparcial facilita la comunicación entre las partes para que lleguen voluntariamente a un acuerdo. En Chile está regulada por la Ley 19.968 y es obligatoria antes de iniciar juicio en materias de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular con los hijos. El acuerdo alcanzado tiene valor de sentencia judicial ejecutable.

¿En qué materias es obligatoria la mediación?

✓ Materias con mediación OBLIGATORIA

  • Pensión de alimentos (demanda, aumento, rebaja y cese)
  • Cuidado personal y cuidado personal de los hijos
  • Relación directa y regular (régimen de visitas)

✗ Materias SIN mediación obligatoria

  • Violencia intrafamiliar (VIF) — excluida expresamente
  • Divorcio (la mediación es para los acuerdos conexos)
  • Filiación y reconocimiento de paternidad
  • Casos con medidas cautelares de VIF vigentes
  • Cuando el paradero de una parte es desconocido

Ventajas de llegar a acuerdo en mediación

  • Más rápido que un juicio: puede resolverse en semanas
  • Menor costo: la mediación licitada es gratuita
  • El acuerdo tiene valor de sentencia judicial ejecutable
  • Las partes mantienen el control del resultado
  • Menor conflicto y mejores condiciones para los hijos
  • Se puede pactar más de lo que el tribunal otorgaría

¿Cuándo NO conviene acordar en mediación?

  • Cuando hay desequilibrio de poder entre las partes
  • Cuando el otro no actúa de buena fe
  • En casos de violencia o amenazas (no se puede mediar)
  • Cuando las condiciones propuestas son claramente perjudiciales
  • Si el otro oculta ingresos para pagar menos pensión

Consejo: Lleva asesoría legal incluso a la mediación. El abogado puede acompañarte o prepararte antes de cada sesión para que no aceptes condiciones desfavorables.

Preguntas frecuentes

Todo sobre la mediación familiar en Chile

La mediación familiar en Chile es parte del sistema de justicia de familia regulado por la Ley 19.968. El Ministerio de Justicia licita y supervisa centros de mediación gratuitos en todo el país. El SENAMED (Servicio Nacional de Mediación) coordina estos servicios. Un acuerdo de mediación homologado por el tribunal tiene la misma fuerza ejecutiva que una sentencia.
Es un proceso en el que un mediador neutral facilita la comunicación entre las partes para que lleguen voluntariamente a un acuerdo. El mediador no decide ni impone: su rol es ayudar a las partes a encontrar soluciones propias. En Chile está regulada por la Ley 19.968 y el acuerdo logrado tiene valor de sentencia ejecutable.
La mediación previa es obligatoria para: pensión de alimentos, cuidado personal y cuidado personal, y relación directa y regular con los hijos. No es obligatoria en violencia intrafamiliar, divorcio, filiación, ni cuando hay medidas cautelares de VIF vigentes o el paradero de una parte es desconocido.
La mediación en centros licitados por el Ministerio de Justicia es completamente gratuita para ambas partes. También existen centros privados donde el costo varía entre $30.000 y $150.000 CLP por sesión. La mediación gratuita tiene exactamente la misma validez legal que la privada.
Si una parte no asiste o se niega a participar, el mediador emite el Acta de Fracaso de Mediación. Este documento habilita a presentar la demanda directamente ante el Juzgado de Familia sin ningún otro requisito. La negativa a mediar no tiene consecuencias adicionales para el que se niega.
Sí. Una vez que ambas partes firman el Acta de Acuerdo y es homologada por el tribunal, tiene el mismo valor que una sentencia judicial. Si una de las partes no cumple lo acordado, se puede ejecutar el acuerdo ante el Juzgado de Familia de la misma forma que una sentencia firme.
La mediación típicamente dura entre 2 y 6 semanas con 1 a 3 sesiones de 60 a 90 minutos cada una. La ley permite hasta 5 sesiones. Si las partes están dispuestas a llegar a acuerdo y el conflicto no es muy complejo, puede resolverse en la primera o segunda sesión.
No es obligatorio llevar abogado a la mediación, pero es altamente recomendable ser asesorado antes de cada sesión. El mediador no puede representar ni asesorar a ninguna de las partes. Ir sin asesoría puede llevar a aceptar condiciones que no son favorables, especialmente en materia de pensiones y cuidado personal.
Si no cumples el acuerdo homologado, la otra parte puede ejecutarlo en el Juzgado de Familia. Si el acuerdo incluye el pago de pensión de alimentos, el incumplimiento puede derivar en arresto de hasta 15 días y arraigo, igual que si hubiera sido fijada por sentencia judicial.
El costo depende de la complejidad del caso. En general: la primera consulta oscila entre $30.000 y $60.000 CLP (muchos abogados la ofrecen gratuita). Un divorcio de mutuo acuerdo puede ir de $300.000 a $500.000 CLP. Casos complejos como disputas de cuidado personal con informes psicosociales o divorcios contenciosos pueden superar fácilmente $1.000.000 CLP. Muchos estudios ofrecen pagos fraccionados. En Tu Defensa Familiar la primera consulta es gratuita y entregamos un presupuesto escrito antes de comenzar.

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